DESIDIA E INDOLENCIA EN LA MUERTE DE UN JUBILADO

 

Por Prof. Joaquín G. Puebla

 

Si bien no solemos abordar temas de otros distritos el damnificado, en esta ocasión, es un matancero. Hace un par de semanas falleció en el Instituto Médico Agüero de Morón.

Eduardo Alberto Manno (el paciente fallecido) tuvo la mala suerte de ser paciente del Instituto Médico Agüero de Morón donde, diferentes médicos, lo hicieron ir y venir hasta que, finalmente, falleció.

 

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La sobrina de Eduardo Alberto Manno, Valeria, se comunicó con nosotros y nos contó la odisea que padeció su tío en dicha institución médica.

Valeria nos contó que “El pasado jueves 25 de julio me comuniqué con el Instituto Médico Agüero para informarles de algunas irregularidades que había notado en dicho nosocomio, sito en la calle Agüero 1395, de Morón. Mi tío, era un paciente de alto riesgo, oxigeno dependiente con EPOC Severo Reagudizado “.

 

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“El 11/7 se descompone en su domicilio a las 4.30 Hs, se cae en la cama, orinado, con los ojos desorbitados, la lengua afuera y casi sin poder respirar” continúa Valeria con su relato y señala que “Mi tía, su cónyuge, pide ambulancia al 139 (emergencias Pami) a las 4.40. Reiteran el pedido de ambulancia a las 6.40 Hs. La ambulancia llegó a las 7.05 Hs. Lo inyectan para evitar un paro cardiorrespiratorio y lo trasladan a clínica. Ingresa a la Unidad de Terapia Intensiva hasta el día 18/7 que es trasladado a piso. El día 23/7 la Dra. Jesica Y. Videla (M.N. 162476) solicita los papeles para indicar la internación domiciliaria. El 25/7 a las 18.55 Hs. se comunican desde la clínica solicitando la presencia de un familiar ya que estaban otorgándole el alta”

 

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Valeria explica que “El día 26 acompaño a mi tía para hablar con el jefe de piso, el Dr. Hugo Radrizzani quien asegura que va a ser dado de alta diciendo que pudo caminar con la Lic. Analia Avila (Kinesióloga), hecho que tanto el paciente como la profesional médica señalada, niegan, a pesar de conocer la situación médica de su cónyuge quien padece entre otras afeccione polimialgia y artrosis, su respuesta fue que ese es un tema social que a él no le compete” y añade que “Suma a sus dichos la negativa de indicar desde la clínica la internación domiciliaria, por no considerarlo necesario. Ante esto solicitamos Índice de Barthel (El índice de Barthel o escala de Barthel es un instrumento utilizado por distintos profesionales sanitarios para la valoración funcional de un paciente y su rehabilitación) en el que indican puntos falsos como, por ejemplo, que puede desplazarse con ayuda, o continencia de esfínteres. Ambos familiares manifestamos claramente la dificultad de atención en el domicilio ante semejante situación, pero nos niegan la internación domiciliaria y nos derivan a su médico de cabecera para el determine tal cuestión”.

 

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“El 27/7 a las 18.50 Hs. tiene síntomas de agitación y fiebre de 38 grados. Pedimos ambulancia al 139 y al 107 (Same). Pasados 45 minutos decidimos llevarlo por nuestros propios medios a la clínica” nos cuenta la sobrina y remarca que “El ingreso a la guardia fue una sucesión de hechos nefastos. Ingresa a shockroom, lo inyectan, le colocan una mascarilla de oxígeno. 30 minutos después nos indican que nosotros, los familiares, lo traslademos en la silla de ruedas a cualquiera de los dos consultorios de guardia para que el médico indique si corresponde la internación, sin informarnos con que había sido medicado o el resultado del control de saturación de oxígeno. La médica de guardia pide la presencia del auditor y supervisor al ver el estado del paciente, nos informa que esta con fiebre y broncoespasmos, indica una aplicación con la pretensión de que nosotros volvamos a trasladarlo hacia otro sector, a lo que nos negamos y solicitamos la presencia de la enfermera en el lugar. Vuelven a llevarlo al shockroom (solicito se intervenga para acceder a las cámaras de seguridad que mostraran lo relatado)”.

 

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Valeria, muy mortificada, cuenta que “En el informe del médico de ese sector,  Dr. Carrión, nos comunica que el estado de su tío es más que grave, que volverán a ingresarlo a Terapia Intensiva, con posibilidades de inducción a coma farmacológico más respirador artificial. Que presentaba fallas cardiacas y neurológicas, y severa dificultad para respirar”.

Días después de todo lo relatado Eduardo Alberto Manno fallece.

La queja de los familiares es que Manno tuvo, en sus últimos días de vida, un ajetreo injustificado. La sobrina y su esposa eran conscientes del grave estado de salud de Manno y se habían hecho a la idea del trágico final pero no encuentran explicación para el manoseo que sufrió Manno en sus últimos días de vida.

 

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Estas situaciones son cosa de todos los días en las clínicas que atienden  a los jubilados afiliados al PAMI. La desidia, el mal trato y la indolencia son una constante en la atención de los jubilados enfermos.

 

ANTECEDENTES QUE ERIZAN LA PIEL

 

Instituto Médico Agüero de Morón tiene muchos antecedentes y denuncias sobre lo comentado en párrafos anteriores.

 

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En enero del 2015, el diario Clarín publicó una nota titulada: “Instituto Agüero: la fiscal avanza en la investigación de 200 muertes” (https://www.clarin.com/ciudades/instituto_aguero-moron-pami-muertes_0_SytwpHqDXg.html) y señalaba que “La Justicia quiere saber por qué hubo tantos decesos en 2013 en esa clínica de Morón Sur. En el Pami admiten quejas de sus afiliados por la atención. Es el mismo Instituto donde falleció una embarazada y su bebé y por el que están imputados siete médicos”.

 

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Investigando un poco nos encontramos que el Instituto Médico Agüero tiene varias causas judiciales, en una de ellas el JUZGADO DE 1° INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 12 SECRETARIA ÚNICA, publicó en 04/10/2013 el siguiente edicto: “MORON ‑ BUENOS AIRES El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12, Secretaría Unica del Departamento Judicial de Morón, en autos caratulados ‘Peralta Dionicia Roberta y Otro/a c/Instituto Médico Agüero y Otra/o s/Daños y Perjuicios’ (Expte. Nº MO2367/08), cita a la demandada Roxana Torres Parra, para que en el término de quince días comparezca a hacer valer sus derechos en el presente juicio, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente (Art. 341 del CPCC.). Morón, a los 2 días del mes de agosto de 2013. Mirtha Inés Francese, secretaria. (Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina del Viernes 4 de Octubre de 2013 – https://www.dateas.com/es/bora/2013/10/04/juzgado-de-1a-instancia-en-lo-civil-y-comercial-n-751850).